La magistrada está al frente del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3 de la Ciudad de Buenos Aires. Comenzó a trabajar en la Justicia en 2006 y llegó a la judicatura en diciembre de 2023. Su reciente fallo, que declaró inconstitucional la aplicación del nuevo régimen penal juvenil a un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo, generó fuertes cuestionamientos políticos y un pedido de juicio político.
Laura Beatriz De Marinis quedó en el centro de la escena judicial y política después de declarar la inconstitucionalidad del artículo 1 del nuevo Régimen Penal Juvenil en un caso concreto y disponer el sobreseimiento de un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo.
La magistrada es titular del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3 de la Ciudad de Buenos Aires. Su decisión generó una rápida reacción de dirigentes políticos, entre ellos el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, quien anunció que impulsará un pedido de juicio político en su contra.
La trayectoria de De Marinis dentro del Poder Judicial comenzó mucho antes de que llegara a ocupar un juzgado. Su recorrido profesional se inició en 2006, incluso antes de completar sus estudios de abogacía, y desde entonces desarrolló distintas funciones tanto en el Ministerio Público Fiscal como en el Ministerio Público de la Defensa.
Una carrera judicial que comenzó en 2006
De Marinis construyó buena parte de su carrera dentro del sistema judicial porteño. Antes de convertirse en jueza ocupó distintos cargos vinculados con la Justicia penal juvenil.
Su último puesto previo a la judicatura fue el de Prosecretaria de Cámara Letrada en la Secretaría Letrada de Intervención Penal Juvenil, dependiente de la Defensoría General Adjunta en lo Penal, Contravencional y de Faltas. Allí se desempeñó desde 2017.
En marzo de 2023 se presentó a un concurso de oposición y antecedentes ante la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e integrantes del Ministerio Público del Consejo de la Magistratura.
Después de obtener la calificación necesaria, el 19 de diciembre de 2023 prestó juramento ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y asumió al frente del juzgado que actualmente conduce.
Su llegada a la judicatura se produjo apenas once días antes de que tuviera que intervenir en su primer expediente de alto impacto público.
Su primer caso de repercusión pública
El 28 de diciembre de 2023, pocos días después de asumir, De Marinis intervino en una causa que había generado una fuerte conmoción pública.
Se trataba del expediente contra Carlos Manuel Andrés, quien había sido acusado por la brutal agresión contra Arturo López, un playero de 66 años que trabajaba en un garaje del barrio porteño de Monserrat.
El episodio había ocurrido en noviembre de 2021 y quedó registrado por las cámaras de seguridad del establecimiento. Las imágenes mostraban una discusión entre integrantes de la familia del entonces menor y el trabajador, seguida de una trompada que dejó a López internado durante más de un año y con secuelas permanentes.
El agresor permaneció prófugo durante cinco meses hasta que fue detenido. Posteriormente recibió una condena de cuatro años y seis meses de prisión.
En ese expediente, De Marinis resolvió dejar sin efecto la prisión domiciliaria que cumplía el joven después de su condena. La jueza tuvo en cuenta que el acusado llevaba una tobillera electrónica que permitía controlar su ubicación y, además, dispuso que no pudiera abandonar el país.
La decisión generó indignación entre los familiares de López, quienes hicieron público el estado de salud del hombre y señalaron que había tenido que regresar a terapia intensiva debido a episodios de convulsiones.
La mirada de De Marinis sobre la Justicia penal juvenil
Además de sus resoluciones judiciales, la magistrada había expuesto públicamente parte de su mirada sobre la Justicia penal juvenil.
En abril de este año participó de una entrevista en un programa de streaming, pocas semanas después de la promulgación de la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil, que estableció en 14 años la edad de imputabilidad en Argentina.
Durante aquella entrevista, De Marinis ingresó al estudio mientras sonaba la canción “No hay héroes”, de Lali, y utilizó una de sus frases para referirse al trabajo cotidiano de los jueces.
“A veces el malo no siempre paga, y a veces no es justo nada”, expresó en aquella oportunidad.
Luego explicó: “Los jueces tenemos que trabajar con lo que la ley dice, y a veces nos colocan en esos lugares donde el malo no siempre paga”. También señaló que la canción le parecía “muy rica” y planteó que no sabía “si la vida es solo de buenos y malos”.
En la misma entrevista recordó su paso por la Facultad de Derecho y reflexionó sobre el sentido de la formación jurídica.
“Estar en la Facultad de Derecho, en las aulas que dan al contrafrente de la universidad y ver para quién estás estudiando, para quién estás formándote”, sostuvo.
A partir de esa experiencia, se preguntó si la formación debía orientarse a “mirar Figueroa Alcorta hacia el oeste” o hacia el este, donde, según sus palabras, se encuentra “el pueblo que muchas veces sufre y que muy pocas veces en la Justicia se ve escuchado”.
Qué sostuvo la jueza en el fallo sobre la edad de imputabilidad
Esa perspectiva también aparece en los argumentos utilizados por De Marinis en la resolución que firmó este lunes.
La magistrada consideró que la reducción de la edad de punibilidad establecida por el nuevo régimen penal juvenil resulta regresiva y vulnera tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño.
En su análisis recurrió al principio de progresividad y a la prohibición de regresividad en materia de derechos humanos.
La defensa había planteado que someter a un proceso penal a personas menores de 16 años implicaba un retroceso respecto del estándar establecido anteriormente por la derogada Ley 22.278.
De Marinis coincidió con ese planteo y sostuvo que el Estado tiene la obligación de ampliar las garantías destinadas a las infancias. También consideró que la Constitución Nacional impide implementar políticas públicas regresivas sin una justificación adecuada.
Otro de los elementos incorporados a su razonamiento fueron las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, que en 2018 y 2024 había instado a la Argentina a mantener en 16 años la edad mínima de responsabilidad penal.
La jueza también recurrió a argumentos vinculados con la neurociencia y al desarrollo de la corteza cerebral durante la adolescencia. Según ese enfoque, durante esa etapa existe una capacidad limitada para comprender plenamente las consecuencias de los propios actos y el alcance de los procedimientos judiciales.
El caso del adolescente de 14 años
El expediente que dio lugar al fallo involucra a un adolescente identificado con las iniciales M.I.A., acusado de tentativa de robo.
Al analizar las circunstancias particulares del caso, De Marinis consideró que se trató de una tentativa “burda y torpe”, que no llegó a concretar el desapoderamiento de bienes ni produjo lesiones físicas a la víctima.
En ese contexto, la magistrada sostuvo que la incorporación al sistema penal debe funcionar como último recurso.
En su resolución escribió: “Como adultos, no podemos castigar a los niños, niñas y adolescentes por lo que no hicimos, por haberlos dejado en desamparo en su primera infancia, por no brindarles una figura normativa que les permita constituirse como sujetos responsables”.
Y agregó: “No pretendo con estas líneas romantizar la infracción penal juvenil, sólo intento señalar que la incorporación al sistema penal tiene que ser el último recurso y, en algunas trayectorias vitales, lamentablemente es el primero”.
El fallo, además, tomó en consideración la situación particular del adolescente y los argumentos relacionados con la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
El fallo no suspende la ley en todo el país
La resolución de De Marinis tiene alcance sobre el caso que llegó a su juzgado y no implica la suspensión general del nuevo Régimen Penal Juvenil.
Esta diferencia resulta central respecto del antecedente registrado en la provincia de Buenos Aires, donde la jueza de Lomas de Zamora, Marta Pascual, había dictado un amparo vinculado con la aplicación de la nueva normativa.
En el caso porteño, la decisión se circunscribe al expediente en el que fue dictada, aunque sus fundamentos abrieron un nuevo debate judicial y político sobre la constitucionalidad de la reducción de la edad de punibilidad.
Las reacciones políticas contra la jueza
La resolución provocó reacciones inmediatas desde distintos sectores políticos.
El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anunció que solicitará el juicio político contra De Marinis.
“Estos jueces garantistas defensores de delincuentes tienen que quedar en evidencia. Esta sentencia está manchada de sangre. Vamos a pedir inmediatamente juicio político”, expresó Macri a través de sus redes sociales.
El jefe de Gobierno también afirmó: “La gente de bien no puede seguir siendo rehén de decisiones que garantizan el delito”.
La presidenta del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, también cuestionó públicamente la resolución.
“Hay jueces que están más preocupados por proteger a los delincuentes que por hacer justicia a las víctimas. Es muy difícil construir un país normal así. Estos jueces garantistas solo construyen impunidad”, sostuvo.
De esta manera, el fallo que resolvió un caso particular de tentativa de robo pasó a convertirse en el centro de una discusión más amplia sobre la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil, los límites del Poder Judicial y el alcance de la reducción de la edad de imputabilidad.
Desde la Justicia porteña, en tanto, fuentes consultadas por Infobae señalaron que existe una “casi segura revocación” de la resolución, en función de la línea jurisprudencial que mantiene la Cámara del fuero.

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