La Secretaría de Transporte porteña estableció que General Venancio Flores tendrá sentido único entre la avenida Nazca y Helguera, con circulación hacia el noreste-suroeste. La modificación comenzará a regir una vez que se instale la nueva señalización vial.
La Secretaría de Transporte de la Ciudad de Buenos Aires estableció un nuevo sentido de circulación para un tramo de la calle General Venancio Flores, en el barrio de Flores, Comuna 7. La medida comprende el sector ubicado entre la avenida Nazca y la calle Helguera y tiene como objetivo ordenar el tránsito y mejorar las condiciones de seguridad vial en esa zona.
La modificación fue establecida mediante la Resolución 193/2026, firmada por la Secretaría de Transporte y remitida a la Legislatura porteña para su conocimiento.
La normativa determina que General Venancio Flores tendrá sentido único de circulación con orientación noreste-suroeste (NE-SO) en el tramo comprendido entre la avenida Nazca y Helguera.
Sin embargo, el cambio todavía no comenzó a aplicarse. De acuerdo con lo establecido en la resolución, la nueva circulación entrará en vigencia cuando sea instalada la señalización vial correspondiente.
Qué cambia en Venancio Flores
El sector alcanzado por la modificación se encuentra en el barrio de Flores, entre la avenida Nazca y la calle Helguera.
Con la nueva resolución, los vehículos deberán circular exclusivamente en dirección noreste-suroeste, ya que ese tramo de General Venancio Flores pasará a funcionar como una calle de mano única.
La decisión fue adoptada a partir de un análisis técnico realizado por la Gerencia Operativa de Diseño y Ordenamiento Vial, dependiente de la Dirección General de Diseño y Planificación de la Movilidad.
Según los fundamentos incluidos en la resolución, el estudio evaluó el funcionamiento de la cuadrícula circulatoria de la zona y determinó que resulta conveniente modificar el sentido de circulación de ese tramo de Venancio Flores.
Desde el Gobierno porteño sostienen que la modificación permitirá mejorar el ordenamiento del tránsito, optimizar las condiciones de funcionamiento de la red vial y reforzar la seguridad vial para las personas que circulan por el sector.
Una zona incluida en el Área de Desarrollo Prioritario
El cambio de circulación se encuentra dentro del Área de Desarrollo Prioritario N.º 4 “Avenida Avellaneda y Entorno”.
Por ese motivo, antes de avanzar con la modificación, la Secretaría de Transporte solicitó la intervención de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano.
Ese organismo indicó que el ordenamiento del tránsito y la movilidad constituyen algunos de los temas que surgieron durante las distintas instancias participativas desarrolladas en el área.
Entre ellas se encuentran las mesas de trabajo y consenso, además de las articulaciones realizadas con la Junta Comunal 7.
De acuerdo con la resolución, la Subsecretaría consideró que el cambio de circulación propuesto responde a una problemática que había sido identificada durante esas instancias participativas y que, al mismo tiempo, resulta compatible con los lineamientos establecidos para el área.
La intervención se encuentra además contemplada dentro de las facultades de la Secretaría de Transporte para establecer o modificar los sentidos de circulación de las calles porteñas, de acuerdo con lo establecido por el Código de Tránsito y Transporte.
Cuándo comenzará a regir el cambio
La resolución no establece una fecha específica e independiente para el comienzo de la nueva circulación.
El artículo 2 determina que la modificación comenzará a regir una vez que se coloque la señalización vial correspondiente.
Por lo tanto, hasta que esos carteles y señales sean instalados, los conductores deberán continuar respetando el sentido de circulación vigente.
La resolución también establece que la modificación deberá ser comunicada a distintos organismos vinculados con el tránsito y la seguridad vial.
Entre las dependencias alcanzadas se encuentran la Secretaría de Tránsito, las áreas de planificación y gestión de la movilidad, la Policía Federal Argentina, la Policía de la Ciudad, el Cuerpo de Agentes de Tránsito y la Junta Comunal 7.
La medida fue formalizada el 7 de septiembre de 2026 mediante la Resolución 193/26 y comunicada a la Legislatura porteña el 8 de septiembre.
El expediente administrativo correspondiente es el EX-2026-39492937-GCABA-DGDPM.

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