La reforma modifica los lugares habilitados para realizar la Verificación Técnica Vehicular y establece nuevos plazos de revisión según la antigüedad y el tipo de vehículo. La implementación dependerá de cada jurisdicción.
La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un control obligatorio para determinar si un vehículo se encuentra en condiciones adecuadas para circular. Con el nuevo esquema, se introdujeron modificaciones tanto en los establecimientos que podrán realizar las inspecciones como en la frecuencia con la que deberán efectuarlas determinados vehículos.
Uno de los principales cambios está relacionado con los lugares habilitados para hacer la revisión. El nuevo régimen contempla la incorporación de talleres mecánicos particulares, concesionarios e importadores que cumplan con los requisitos técnicos establecidos y estén debidamente registrados.
Dónde se podrá hacer la VTV
La reforma contempla la creación del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, una plataforma destinada a identificar los establecimientos habilitados para realizar las revisiones.
De esta manera, los conductores podrán elegir entre los talleres que formen parte del registro y cumplan con las condiciones técnicas exigidas. También podrán incorporarse concesionarios e importadores que acrediten contar con el equipamiento y la capacidad necesaria.
Los establecimientos deberán respetar los estándares establecidos para garantizar la seguridad de los vehículos y contar con un Director Técnico responsable de las inspecciones.
Sin embargo, la aplicación del nuevo sistema dependerá de cada jurisdicción. Por ese motivo, antes de realizar el trámite en un taller particular será necesario verificar que el establecimiento se encuentre efectivamente habilitado.
Cuáles son los nuevos plazos de la VTV
Otro de los cambios centrales está relacionado con la frecuencia de las inspecciones. Los períodos de revisión se establecen de acuerdo con la antigüedad y el tipo de vehículo.
El nuevo esquema contempla:
- Vehículos particulares 0 km: primera revisión a los cinco años.
- Vehículos particulares de hasta 10 años: revisión cada 24 meses.
- Vehículos particulares de más de 10 años: revisión cada 12 meses.
- Vehículos de carga y pasajeros: revisión cada 12 meses.
Así, los vehículos particulares más nuevos podrán contar con períodos más extensos entre una inspección y otra, mientras que los autos con más de una década de antigüedad deberán continuar con controles anuales.
La modificación no elimina la obligación de realizar la revisión técnica, sino que cambia la frecuencia para determinados vehículos y mantiene controles más frecuentes para las unidades antiguas y aquellas destinadas al transporte de cargas o pasajeros.
Qué cambia para los conductores
Para los conductores, uno de los principales cambios será la posibilidad de contar con más establecimientos habilitados para realizar la VTV, siempre que cumplan con las condiciones previstas por la normativa.
Además, el nuevo régimen incorpora una base informática destinada a centralizar información sobre las inspecciones y los certificados emitidos por los establecimientos autorizados.
La responsabilidad de los usuarios se mantiene: deberán realizar la revisión dentro de los plazos que correspondan y garantizar que el vehículo se encuentre en condiciones para circular.
En ese marco, la VTV continúa siendo un requisito de seguridad vial, aunque bajo un sistema que busca ampliar las alternativas disponibles para realizar el trámite y modificar la periodicidad de las inspecciones según las características de cada vehículo.

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